Fallecimiento de trabajador.
Respuestas de otros profesionales:
Basic
Christian Lea Ibar
Abogado de Viña del Mar especializado en Derecho Tributario
-
Mejor respuesta según autor
Contestado
Si hay contrato individual y no colectivo, pagar el sueldo a la cónyuge o hijo del fallecido y dar cuenta del termino del contrato a la Inspección del Trabajo, acompañando certificado de defunción.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor