Herencia de departamento

Mi padres estaban casados en sociedad conyugal separados de hecho y un departamento. comprado por él. Falleció, sobrevive su esposa y dos hijos, él dejo un testamento con una parte de libre disposición para su conviviente ¿Cuanto sería ese porcentaje?

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Abarca & Asociados

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Abogado de Curicó especializado en Derecho Civil

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En mérito de lo dispuesto en el artículo 1184 inciso final del Código Civil, vuestro padre tenía el derecho para disponer de la cuarta parte de sus bienes (habiendo hecho las deducciones y agregaciones de bienes que dispone la ley: acervo líquido). Por lo tanto, tu padre podía disponer del 25% de sus bienes a favor de su conviviente, según el presente caso.

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RAM. abogados

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Abogado de Santiago especializado en Derecho Civil

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El porcentaje de Libre Disposición no puede exceder del 25% de la herencia.
Atte.
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