¿Me pueden despedir al volver de una licencia?
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Abogado de Puerto Montt especializado en Derecho del Trabajo
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Contestado
Estimada,
junto con saludar le comento que el artículo ciento sesenta y uno bis del Código del Trabajo establece que la invalidez no es causa legal para poner término a un contrato de trabajo. Deberían reincorporarla en su mismo puesto.
Si la despidieran tendría que presentar demanda de Tutela de Derechos fundamentales, un procedimiento que en su caso, y sin mayores antecedentes, le iría muy bien.
Cualquier duda, consulta o sugerencia, hagamelas saber contactándome.
Atentos saludos.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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