¿Necesito representación en un juzgado de letras?

Tenía un departamento en arriendo y los arrendatarios se fueron sin pagar y no tengo llave del inmueble porque cambiaron la chapa.

Respuestas de otros profesionales:
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Ortega & Yuraszeck Abogados y consultores.
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Sí, de acuerdo a la Ley de comparecencia en juicio debe ser representado por abogado habilitado para el ejercicio de la profesión.

Sin embargo, existe una sola excepción contemplada en la Ley sobre arrendamiento de predios urbanos la cual indica que las partes podrán comparecer y defenderse personalmente, en primera instancia, en los juicios cuya renta vigente al tiempo de interponerse la demanda no sea superior a cuatro unidades tributarias mensuales.

En todo caso, siempre es aconsejable que sea representado por abogado.

Atentos saludos.

Yuraszeck & Covalán, Abogados y Consultores Agrícolas

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Rodrigo Moreno Olivares

Rodrigo Moreno Olivares

Abogado de Santiago especializado en Derecho de Familia

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Buenas noches. Junto con saludar, le comentó que debe asesorarse por Abogado para los pasos a seguir.

Atentamente

Rodrigo Moreno Olivares
Abogado.

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Aguilar Abogados | Oficina Legal

Aguilar Abogados | Oficina Legal

Abogado de Santiago especializado en Derecho de Familia

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Si, se llama solicitud de abandono de inmueble en juicio de arriendo y se hace prácticamente rápido.

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Abogados Lex

Abogado de Arica especializado en Derecho Administrativo

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Si, podemos realizar el tramite, póngase en contacto con nosotros.

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