¿Puedo alegar que el despido es improcedente?
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Christian Lea Ibar
Abogado de Viña del Mar especializado en Derecho Tributario
Contestado
La ley señala que la falta de 2 o mas días seguidos sin justificación válida, faculta al empleador para poner termino al contrato de trabajo.
Penosamente, la documentación si no llegó al empleador en un tiempo prudente, el se encuentra con la facultad de aplicar el despido, pudiendo ud concurrir hasta la inspección del trabajo con el objeto de poner denuncio, para ver la opción de que le sea reconocido el hecho como error
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor