Puedo renunciar de forma inmediata?

Mi consulta es:
Para la empresa en la que yo trabajo los contratos se dan así; el primero a plazo fijo de un mes, el segundo a plazo fijo 2 meses y el ultimo pasa a indefinido.
Yo me encuentro en el segundo tramo de 2 meses a plazo fijo pero por temas de índole personal, enfermedad de mi madre, me veo e la forzosa necesidad de dejar el trabajo dentro de lo prescrito en la inspección del trabajo tengo que presentar mi renuncia con 30 días de anticipación pero dentro de el reglamento interno de la empresa prescribe lo siguiente ;
“ en caso de que el contrato finalice por renuncia de el trabajador este deberá entregarla por escrito y legalizarla ente el organismo pertinente, dentro de el plazo de dos días contados de la separación de los servicios”
Cosa que en si no entiendo por completo, si podrían explicarme bien a que se refiere por completo se los agradecería.
Pero n definitiva que debo hacer ¿ puedo renunciar de forma inmediata?

Respuestas de otros profesionales:
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Ortega & Yuraszeck Abogados y consultores.
Contestado

Estimado,
Junto con saludar y agradeciendo su preferencia le señalo que usted NO DEBE informar con anticipación de 30 días el fin de su contrato en atención a que el suyo es a plazo y por ende, desde el primer día el empleador y la Inspección del Trabajo saben cuándo finaliza.
No es necesario informar con 30 días de anticipación, independiente de lo que diga o pudiese decir tanto su contrato como el Reglamento Interno, porque en este caso la respuesta se la da la Ley.
En consecuencia, llegado el día de vencimiento del plazo del contrato, indica que no vuelve más a trabajar ya que si al día siguiente lo hace, su contrato se transforma en indefinido y ahí sí se encuentra en la obligación de informar con anticipación.

Si tiene mayores consultas, no dude en escribirme a syuraszeck(arroba)hotmail.com

Atentos saludos

Sebastián Yuraszeck V.
Abogado

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Gerardo Neira Parra

Abogado de Temuco especializado en Derecho del Trabajo

Contestado

Estimado: lo que tiene que hacer es presentar a el empleador la renuncia con 30 días de anticipación de acuerdo al art. 159 N°2 del Código del Trabajo conforme a a lo que se le informo en la Inspeccion.- Esta renuncia debes firmarla y ratificarla ante ministro de fe, ya sea notario o ante Inspector del Trabajo.- Y efectivamente puedes renunciar hoy puesto que estas dando aviso al empleador de tu intención de no seguir en la empresa por los motivos que mencionaste. Espero haberte ayudado, saludos cordiales.-

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