Puedo renunciar de forma inmediata a mi trabajo o debo esperar un plazo de 15 días ?

Mi consulta es la siguiente hace mas o menos un mes hable con mi jefe para presentar mi renuncia el no me la acepto me pidió que esperara que renunciara el día 2 de septiembre y que dejara de trabajar para el día 15,la cosa es que ya no me pueden esperar mas en mi nuevo trabajo entonces debo renunciar ahora ya el lunes a mas tardar pero no se si puedo hacerlo,si presento mi renuncia puedo dejar de trabajar en el momento o debo esperar los 15 días que me pidió mi empleador ,ya he esperado un mes y 15 días mas me parece ilógico no se que hace por favor necesito orientación. muchas gracias

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RAM. abogados

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Abogado de Santiago especializado en Derecho Civil

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Por lo que nos relata, hace ya un Mes que Ud. plantéo la renuncia. Por lo tanto lo que debe hacer es presentar renuncia por escrito, manifestando que en fecha XX, (de hace un Mes atrás) presentó verbalmente la renuncia. Por lo cual ahora viene en formalizar dicha renuncia verbal y deja de prestar servicios con fecha XX (la actual).
Presente copia de la misma en la Inspección del Trabajo y deje de asistir a su actual lugar de trabajo.
Una vez presentada la carta en la Empresa, consulte que día estará listo su finiquito. Si tuviese problemas con los pagos adeudados, deje constancia en I. del Trabajo.
Suerte en su nuevo trabajo.
Atte.
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mail: ram.asesorias@gmail.com

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Abarca & Asociados

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Abogado de Curicó especializado en Derecho Civil

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La renuncia voluntaria, para que tenga los efectos de poner término al contrato, debe cumplir con las formalidades que se especifican en el artículo 159 Nº 2 del Código del Trabajo, a saber: presentarse por escrito y firmada por el trabajador al empleador con 30 días de anticipación.

Sin embargo, de acuerdo a los criterio que ha adoptado la Dirección del Trabajo, puedes presentar la renuncia por escrito sin perjuicio del plazo de anticipación que la presentes.

Para mayor información contáctenos a:

abarca.asociados@gmail.com

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Abogado de Temuco especializado en Derecho de Familia

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estimada. puede renunciar en forma inmediata a su trabajo. no es necesario esperar el plazo solicitado por su empleador.-

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