reajuste de la pensión con el I.P.C.

En Sentencia emitida por el Tribunal, se determinan todos los detalles de lo sentencia. Como el valor, día de pago, reajustes, etc), si así lo estima, envíenos a nuestro mail copia de dicha sentencia y/o acuerdo, además se debería haber determinado la apertura de Cuenta en Banco Estado y Ud. no entregar el dinero personalmente ya que legalmente sólo es válido el depósito realizado en la Cuenta Correspondiente (excepto si se trata de Retención Judicial).
Por lo cual si no existe cuenta en al Banco ordenada por el Tribunal, nuestra sugerencia es que a la brevedad obtenga recibos de Dinero debidamente firmados por su cónyuge y solicite al Tribunal que se oficie al Banco Estado para este efecto.
Atte. RAM abogados (ram.asesorias@gmail.com)

Si pactaron reajuste de conformidad al IPC, debiera ajustarse en la forma en que dice el acuerdo. Si no lo establecieron, entonces una vez al año.