Separación total de bienes

Cabe hacer la precisión que el hijo extramatrimonial será heredero en la medida que se encuentre reconocido por vuestro difunto marido, de lo contrario aquel tendría que demandar la paternidad y ésta ser declarada para aprovechar su derecho a herencia.
Hecha dicha precisión, y suponiendo que el hijo extramatrimonial se encuentra reconocido vemos que existen como herederos: La cónyuge sobreviviente y 3 hijos.
Luego, considerando que nuestra legislación contempla que el cónyuge tiene derecho a una cuota equivalente a 2 hijos, debemos concluir que el porcentaje que les corresponde es el siguiente:
A cada hijo le corresponde una cuota de 20 % de la masa hereditaria, y a la cónyuge le corresponde una cuota del 40 % de la masa hereditaria.
Contacto: abarca.asociados@gmail.com

Del total del Patrimonio (de las dos propiedades), a Ud. le corresponde el 70% y a cada hijo el 10%.
Atte.
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mail: ram.asesorias@gmail.com

Ximena Alexandra Gonzalez Santander.
Abogado de Viña del Mar especializado en Asesoramiento jurídico a empresas
Buenas tardes: todos tienen el mismo porcentaje (un cuarto a cada uno)
Atte
xags
abogado viña

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