Causales de disolución de la sociedad conyugal

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Dentro de las causales de disolución de la sociedad conyugal podemos distinguir aquellas que operan directamente (o por vía principal) y otras, por vía accesoria como consecuencia de la disolución del vínculo matrimonial.

La sociedad conyugal se disuelve por las siguientes razones:

-         Muerte de uno de los cónyuges

-         Sentencia de separación judicial

-         Sentencia de separación total de bienes

-         Declaración de nulidad del matrimonio

-         Sentencia de divorcio

-         Por cambio a otro sistema patrimonial

 

Al terminar la sociedad conyugal, es necesario proceder a la liquidación de la misma. En la liquidación deberán descontarse determinados bienes y dividirse por mitades los bienes que queden a título de gananciales. Para ello se deben valorizar los bienes, tarea que puede hacerse por acuerdo entre las partes o por orden de un juez, por lo que es necesario contar con la asesoría de un abogado.

 

La ley consagra la posibilidad de que los interesados, de común acuerdo, puedan también solicitar al juez que conoce el procedimiento sobre la separación judicial, la declaración de nulidad del matrimonio o el divorcio, que liquide la sociedad conyugal o el régimen de participación en los gananciales que hubo entre los cónyuges.