¿Cómo se formaliza el inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos?

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El inicio de actividades se formaliza mediante declaración jurada ante el Servicio de Impuestos Internos. El trámite es igual para las personas naturales y jurídicas.

El primer paso para la formalización de un emprendimiento, es el aviso de inscripción en el rut e inicio de actividades, con lo que damos inicio al denominado ciclo de vida tributario, que abarca todas las acciones que van desde el inicio de actividades hasta el término de giro, es decir cuando decidimos dar término a nuestra actividad.

El trámite es el mismo para una persona natural o jurídica, con la salvedad, que en el caso de las personas jurídicas deben solicitar además, el rut que las identificará, trámite que puede hacerse en el mismo acto y a través del formulario N° 4415 de inscripción al rut y/o declaración jurada de inicio de actividades.

La declaración de inicio de actividades es una declaración jurada formalizada ante el servicio de impuestos internos sobre el comienzo de cualquier tipo de negocios o labores susceptibles de producir rentas gravadas. El plazo para presentar esta declaración de iniciación de actividades, es dentro de los dos meses siguientes a aquél en que comiencen sus actividades

Cabe mencionar que después que un contribuyente hace su trámite de inicio de actividades, ya sea persona natural o jurídica, debe esperar que el Servicio de Impuestos Internos realice la respectiva verificación de domicilio, para lo que tiene un plazo de 10 días, luego de ello el contribuyente puede solicitar timbrar documentos o emitir documentos tributarios.