¿En qué consiste la citación?

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La Citación es una comunicación que el Servicio de Impuestos Internos solicita al contribuyente, para que presente, confirme, aclare, modifique o rectifique su declaración objeto de la revisión.

Este trámite no es obligatorio en todos los casos de auditoría. El contribuyente tiene plazo de un mes prorrogable, por una sola vez, hasta por un mes, para presentar su respuesta.

Si el contribuyente no da respuesta a la comunicación que realiza el Servicio de Impuestos Internos, la consecuencia que se deriva, es que se habilita al Servicio para proceder a liquidar las diferencias de impuestos detectadas y comunicadas al contribuyente a través de la Citación. Por otro lado, no dar respuesta a la Citación será considerado un antecedente negativo al momento que el Director Regional deba pronunciarse sobre una eventual petición de condonación de intereses y multas que resulten de este proceso.

Si el contribuyente da respuesta a la Citación, ella puede que ser considerada: suficiente, parcial o insuficiente.

La  respuesta del contribuyente es considerada suficiente: En este caso, el contribuyente presenta una declaración, rectifica, aclara, amplia o aporta más antecedentes que explican satisfactoriamente todas las partidas citadas, entonces el funcionario debe conciliar totalmente las observaciones reflejadas en la citación, poniendo en conocimiento del contribuyente el término de la auditoría a través de una carta de aviso, y haciendo entrega de su documentación mediante el acta de devolución respectiva.

La respuesta del contribuyente es considerada parcial: El contribuyente presenta una declaración, rectifica, amplía o aporta antecedentes que aclaran sólo algunos aspectos citados, entonces el funcionario levanta Acta de Conciliación por esa parte y por las diferencias no aclaradas, practica y notifica la liquidación.

La respuesta del contribuyente es considerada insuficiente: con los antecedentes presentados por el contribuyente no se aclara ninguna de las observaciones citadas. En este caso, el Servicio procede a practicar y notificar las liquidaciones respectivas.