¿Qué causales de término de contrato dan derecho a indemnización?

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Lexdir

Tienen derecho a recibir una indemnización por despido, aquellos trabajadores respecto de los cuales el empleador invoca las causales del artículo 161 del Código del Trabajo, las que se detallan en esta guía.

Si el empleador invoca la causal de «necesidades de la empresa» el trabajador tiene derecho a una indemnización por años de servicio, cuyo monto no puede ser inferior al establecido en la ley, correspondiente a un mes de la última remuneración mensual por año de servicio trabajado y fracción superior a seis meses. De este modo, si un trabajador prestó servicios a su empleador por un período de tres años y siete meses, el monto de la indemnización por años de servicios no puede ser inferior a 4 veces la última remuneración mensual percibida por el trabajador.

La causal de «necesidades de la empresa»  se aplica cuando las circunstancias realmente se producen y no permiten un despido por la mera liberalidad del empleador, por lo que, a pesar de que exista una indemnización, el trabajador puede considerar que su despido es indebido, injustificado o improcedente, reclamando ante los tribunales de justicia, los que de considerar que no se configuraba la causal, pueden aumentar la indemnización en un 30%.

La ley señala, a modo de ejemplo, tres casos en que existen «necesidades de la empresa» para despedir al trabajador: Las derivadas de la racionalización o modernización de la empresa,  bajas en la productividad, cambios en las condiciones del mercado y la economía.

En caso de trabajadores que tengan poder para representar al empleador, tales como gerentes, subgerentes, agentes o apoderados, siempre que, en todos estos casos, estén dotados, a lo menos, de facultades generales de administración, y en el caso de trabajadoras de casa particular, el contrato podrá, además, terminar por desahucio escrito del empleador. Rige también esta norma tratándose de cargos o empleos de la exclusiva confianza del empleador, cuyo carácter de tales emane de la naturaleza de los mismos.  Esta causal, al igual que las «necesidades de la empresa», genera indemnización por el despido.