¿Qué es la auditoría tributaria?

Guía publicada por:

Lexdir

La Auditoría Tributaria es un procedimiento, basado en la normativa legal y administrativa vigente, destinado a fiscalizar el correcto cumplimiento de la obligación tributaria de los contribuyentes.

Los objetivos de la auditoría tributaria son:

-          Verificar que las declaraciones de impuestos sean expresión fidedigna de las operaciones registradas en sus libros de contabilidad, de la documentación soportante y que refleje todas las transacciones efectuadas.

Para estos efectos el Servicio de Impuestos Internos hará uso de todas  las facultades que le confiere la ley, debiendo ajustar su actuar a los plazos establecidos en el artículo 59 y 200 del Código Tributario.

-          Establecer si las bases imponibles, créditos, exenciones, franquicias, tasas e impuestos, están debidamente determinados y de existir diferencias, proceder a efectuar el cobro de los tributos con los consecuentes recargos legales.

-          Detectar oportunamente a quienes no cumplen con sus obligaciones tributarias.

 

El procedimiento general de auditoria, permite a los funcionarios del SII obtener evidencias o medios de prueba, necesarios para sustentar las observaciones y/o fundamentar las diferencias tributarias que eventualmente se determinen. Pueden ocurrir todas o algunas de las siguientes actuaciones:

1) Notificación

2) Citación

3) Liquidación o Acta de Conciliación

4) Giro

Pueden ocurrir alguna o todas de las situaciones señaladas, porque se trata de actuaciones que van generándose en la medida que se generan discrepancias en la revisión. Así, si notificado el contribuyente y contestando la notificación, cumple el requerimiento de antecedentes en tiempo y forma, y de la revisión efectuada a sus antecedentes, tales como, declaraciones de impuestos, documentación contable (Libros, Registros, Documentación de Respaldo, etc.), inversiones, etc., se determina que el contribuyente ha cumplido con sus obligaciones tributarias, se le hará entrega de la documentación que aportó, dejándose constancia mediante un Acta de Devolución. Además se envía una carta de aviso en que se da por terminada la revisión.  Si el contribuyente no responde o hay controversia, entonces, corresponderá efectuar la citación.