Apellido de mi supuesto hija ????

Ximena Alexandra Gonzalez Santander.
Abogado de Viña del Mar especializado en Asesoramiento jurídico a empresas
Buenas tardes:
La verdad es debemos aclarar si la madre le dio tu apellido o tu fuiste a reconocer al registro civil y anotaron al margen del acta de nacimiento. Dicho esto, si ya hiciste el reconocimiento en el registro civil, es una presunción de derecho, pero se podría hacer una acción de nulidad, destinada a dejar sin efecto el reconocimiento apresurado basado en el adn particular y confirmarlo con un adn en el servicio medico legal, con probar no se pierde nada ya que llevas pocos meses y fuiste engañado para hacerlo. El codigo civil da una oportunidad Art. 202. La acción para impetrar la nulidad del
acto de reconocimiento por vicios de la voluntad
prescribirá en el plazo de un año, contado desde la
fecha de su otorgamiento
xgonzalez0470yahooes
xags
abogado viña

Si, se puede lograr el cambio de apellido. Para ello se debe iniciar a la brevedad la acción judicial correspondiente, puesto que solamente tiene un año de plazo para hacerlo. Prescrito el plazo ya no podrá nunca ejercer ese derecho.
Contactese a nuestro mail ram.asesorias@gmail.com para poder indicarle las gestiones a realizar.
Atte.
RAM abogados