Cese de pago pensión de alimentícia

Sr.: Efectivamente requiere la asistencia de un abogado por cuanto el cese de pensión es un juicio de similares características al que hubo al momento de establecerse la pensión actual. Esto no significa que Ud. deba contratar necesariamente a un abogado particular. Si sus condiciones socioeconómicas son precarias y califica para ello, puede recibir asistencia jurídica gratuita en la Corporación de Asistencia Judicial. En caso de decidirse por una asesoría personalizada y experta, nuestro Estudio puede dar solución a su caso en el plazo de uno a tres meses y el costo de honorarios sería el equivalente a tres pensiones, pagaderas de forma a convenir. Para contacto, favor dirigir correo electrónico al mail: pconar.lex@gmail.com. Le deseamos éxito y la más pronta solución a su problema.

Una vez que su hija contrajo matrimonio cesa su responsabilidad de pago de Pensión Alimenticia. Sin embargo mientras Ud. no realice la Gestión Judicial, en el mismo Tribunal que la otorgó, ésta seguirá vigente.
Por lo tanto, DEBE iniciar cuanto antes a través de Abogado Habilitado, la presentación de cese de los Alimentos.
Le invitamos a contactarse a través de nuestro mail ram.asesorias@gmail.com para proporcionarle a Ud. el mejor camino judicial que le permita poner fin al pago de descuento por planila de los $100.000 mensuales.
Atte. RAM abogados