Despido después de una licencia de trayecto mutual.

Tenemos un trabajador que en febrero 2016 tuvo un accidente de trayecto (164 días de licencia), es dibujante técnico, nosotros ya contratamos a otra persona la cual ha desempeñado muy bien, queremos despedir al trabajador cuando vuelva el día 8 de agosto. lo podemos hacer y bajo que causal? Porque entiendo que no se puede despedir por necesidad de la empresa.

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Rodrigo Moreno Olivares

Rodrigo Moreno Olivares

Abogado de Santiago especializado en Derecho de Familia

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Junto con saludar, le comento que tengo experiencia en estos casos .Escribame al correo electrónico rmoabogado(arroba)gmail.com
o a mi celular ocho- cinco- siete-siete-tres-cinco-ocho-cinco. Tengo whatsapp en ese número.
Atentamente,

RODRIGO MORENO OLIVARES
ABOGADO

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Christian Lea Ibar

Christian Lea Ibar

Abogado de Viña del Mar especializado en Derecho Tributario

Contestado

En este caso no puede ser despedido por necesidades de la empresa, ya que la labor que el desarrolla es necesaria para la empresa, por lo que si desea darle termino al contrato, deberá buscar otra causal

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