Herencia de madre fallecida

Estimado/a:
Si la posesión efectiva se encuentra debidamente tramitada e inscrita en el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, en caso de existir bienes inmuebles, los derechos de las hijas se encuentran salvaguardados, toda vez que con ella no se adquiere en propiedad los bienes, sino que los derechos sobre esos bienes. Ahora, claro está que al casarse su padre, su nueva mujer adquirirá la calidad de heredera de él, pero sólo respecto a los derechos que a él le corresponden sobre la herencia dejada al fallecimiento de vuestra madre, de modo que los derechos que le corresponden a las hijas no se ven modificados.
Ahora, si su padre una vez casado fallece, los derechos que él tenía se compartirán entre todos sus hijos y su nueva cónyuge.
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Kumpf & Vidal Abogados Melipilla juiciolegal.cl
Abogado de Melipilla especializado en Derecho Civil
Hagan la posesion efrctiva lo antes posible, es mi mejor consejo.