Hija fuera del matrimonio

Al estar reconocida su hija por su padre, ya sea a través de sentencia judicial o bien voluntariamente, es titular de una serie de derechos , y es un " alimentario" es decir, tiene derechos y entre ellos a percibir pensión de alimentos hasta los 21 años de edad, salvo que estén estudiando alguna profesión u oficio caso en el cual se extienden hasta los 28 o tenga alguna incapacidad su hija que también se extiende derecho de alimentos. Asimismo continua vigente a ser continuadora del causante o padre cuan él fallezca en cuanto a los bienes que pueda suceder.-
Leer de apoyo Ley 14908, Ley 19968, artículos 321 y sgtes código civil
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