Permiso por muerte de la esposa

Buenas Tardes. Nuestra duda tiene que ver con el tiempo de permiso para casos de la muerte de una esposa. Resulta que hace unos meses a mi hermano se le murió la esposa en un accidente de tránsito pero la empresa nomás le dio 3 días hábiles de permiso remunerados y nosotros creemos que eso no es legal. En este caso deberían ser ocho días de permiso, no es asi??? Podríamos demandar a la empresa?

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Contestado

Estimado: La respuesta precisa a su pregunta la encuentra en el siguiente link:
http://www.dt.gob.cl/consultas/1613/w3-article-94882.html

El plazo obligatorio de permiso con goce de sueldo es de 7 días corridos contados desde el fallecimiento.

Además, en caso de no respetarse este permiso, evidentemente estamos ante un incumplimiento contractual por parte del empleador y podría traducirse en una indemnización de perjuicios, o en una causal para promover un despido indirecto. Atte.-

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado