Puede un marido hacer separacion de bienes durante el matrimonio sin consentimiento de la conyuge?
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Separemos las cosas:
1.- Para los efectos de modificar el régimen patrimonial del matrimonio se requiere el concurso de ambas partes. Salvo, en los casos que se permite a uno de los cónyuges demandar la separación judicial, en cuyo caso se disolvería la sociedad conyugal.
Si ello no ha sucedido, puede tener la certeza que se mantiene el régimen original. De todos modos puede verificarlo al sacar un certificado de matrimonio (presencial o vía web). Si nada aparece al final del certificado, significa que no se ha modificado el régimen de soc. conyugal.
2.- La única forma para que Ud., pierda la calidad de heredera de su marido sería una vez decretado la disolución del matrimonio vía demanda de divorcio. El hecho de pactar la modificación del régimen patrimonial no altera la calidad de heredera.
3.- Para lo efectos de la venta de un inmueble por parte del marido hay que tener en cuenta (entendiendo que el régimen patrimonial es el de so. conyugal):
a) Si se trata de una propiedad de su patrimonio propio (adquirida antes del matrimonio o adquirida durante este pero a título gratuito), puede venderla sin problema sin que ud. pueda participar en dicha operación.
b) Si se trata de una propiedad de la sociedad (adquirida a titulo oneroso durante la vigencia del matrimonio -compraventa, por ejemplo) requiere la autorización suya, sin la cual no se perfeccionará el contrato.
c) Si la propiedad es parte de su patrimonio reservado vuestro (sólo las mujeres lo tienen) sólo ud. podría venderlo.
Para mayor información y precisión contáctenos.
Kumpf & Vidal Abogados Melipilla juiciolegal.cl
Abogado de Melipilla especializado en Derecho Civil
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