Venta de propiedad con herederos menores de edad.

Desconocemos el origen de los dos menores de edad, ¿son hijos de algún heredero fallecido? ¿beneficiarios de testamento? en cualquier caso deben tener un adulto que es quien tiene la calidad de tutor.
Para ello se debe acreditar la calidad de tal y, es el tutor quien firma en representación de los menores de edad.
Ahora bien, se debe iniciar gestión Judicial ante Juzgado Civil, que consiste en SOLICITAR AUTORIZACION, mediante Sentencia Judicial para vender los porcentajes de los menores de edad.
Como existen mucha variables para este fin, contactenos a nuestro mail y podremos indicarles los pasos concretos a seguir.
Atte.
RAM abogados
mail ram.asesorias@gmail.com

Ximena Alexandra Gonzalez Santander.
Abogado de Viña del Mar especializado en Asesoramiento jurídico a empresas
Buenas tardes se debe ubicar a los representantes legales de esos menores y si no tienen deben ir al juzgado familia a solicitar sus guardadores o representante
Cualquier duda. Xgonzalez0470@yahoo.es
Atte
Xags
Abogadoviña