Preguntas recientes
Sumario administrativo, municipalidad de puerto saavedra
Estimado cliente:
Junto con saludarlo, le consultó si ya fue notificado de los cargos y con que fecha, para saber si esta dentro del plazo legal...
Contestado por:Estafa con documentos legales
Estimado (a):
Para responder a su consulta, se necesita mayor informacion sobre su caso. Lo invito cordialmente a escribirnos contandonos su situ...
Trabajador sin contrato
Estimado (a),
Sí es posible reclamar. Es obligación del empleador escriturar el contrato de trabajo. En caso de no hacerlo se presume que las cláu...
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Ortega & Yuraszeck Abogados...
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Rodrigo Moreno Olivares
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Barrientos & Zacconi Abogados
Carta de renuncia urgente
Estimado,
Puede presentar la renuncia y hacerle efectiva inmediatamente. El empleador debe pagar todos los días trabajados, incluyendo gratifica...
Contestado por: Barrientos & Zacconi Abogados-
Barrientos & Zacconi Abogados
Como puedo cambiar el apellido paterno de mi hijo
No puede haber un cambio de apellido derivado de un cambio en la filiación, sin que exista un juicio de impugnación de paternidad o de reclamación ...
Contestado por:Derechos de herencia de un hijo no reconocido
No tiene derechos en la situación tal y cual lo comentas, para evitar dudas, interpón ACCIÓN de filiación en contra del presunto padre, para que a ...
Contestado por: ABOGADOS LOS ANGELES-
ABOGADOS LOS ANGELES
Quitar el apellido a mi hijo ya que su padre nunca lo a visto a
Habría que distinguir si esta reconocido legalmente, para pensar en el cambio de apellido de un menor.
Lo que podríamos hacer sería un cumplimie...
Contestado por: ABOGADOS LOS ANGELES-
ABOGADOS LOS ANGELES
Donde busco juez partidor
Debe presentarse una solicitud de designación de juez partidor en el Juzgado de Letras competente. Luego se debe tramitar el juicio de partición. S...
Contestado por:Prescribe el delito de bigamia
Estimada/o:
Junto con saludarlo, le puedo indicar que, no obstante que no me dedico al ejercicio de materias penales, estudiando su caso es posi...
Contestado por:Renuncia inmediata por motivos urgentes
Estima con saludar, le comento que, si bien es cierto de que el Código del Trabajo exige 30 días para el aviso, en la práctica es sólo para aquello...
Contestado por: