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Estimada, la propiedad indígena no se puede adquirir, a menos que sea de la misma etnia. (Art. 13 de la Ley N° 19253 SOBRE PROTECCIÓN, FOMENTO Y DESARROLLO DE LOS INDÍGENAS).
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Estimada, junto con saludarla, le puedo indicar que con respecto a su duda, efectivamente puede demandar compensación económica, pues a priori, cumple con los requisitos que establece la ley de mat...
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Indirectamente van a tocar parte de la casa que dejó su padre, en la medida que esa casa haya sido adquirida durante el matrimonio de sus padres, pues como no se divorciaron, no se liquidó nunca la...
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Administrativamente no hay plazo para hacerlo, pero civilmente si quiere accionar por demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual son 4 años desde que ocurrió el hec...
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Depende, porque si se casa en sociedad conyugal, los bienes adquiridos antes del matrimonio no se incorporan al patrimonio social, pero el marido adquiere la administración de estos bienes. En sepa...
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No me queda claro por qué hizo posesión efectiva si no ha fallecido. Para más info, escríbame al mail: a.aguilar.munoz-ARROBA-gmail.com
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Estimada, su caso es muy interesante y contiene información sensible que no es conveniente hacer pública en esta página. Por ello, le invito a escribirme un correo electrónico a esta dirección: a.a...
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Estimado(a), le comento que se requiere más info para dar un dictamen más certero; sin perjuicio de ello, a priori le puedo señalar que el primer orden sucesorio intestado es el de cónyuge sobreviv...
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Estimado(a), para esto requiere hacer el trámite ante Impuesto Internos, pero le recomiendo que realice un estudio de títulos de la propiedad en el Conservador de Bienes Raíces. Esto último, usualm...
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Estimado(a), junto con saludarle, le comento que retroactivamente no se puede hacer nada; sin embargo, puede demandarle de filiación y así, una vez fijada la paternidad biológica, queda fijada la r...