Desconocimiento de compra

Si. Creemos que es el camino que seguirá la Empresa y presentará cargos contra Ud.
Por supuesto que deben reunir las pruebas suficientes para probar el cargo.
Ahora bien, lo que le aconsejamos es comenzar de inmediato a reunir su propias pruebas que le exculpen en una eventual demanda y despido laboral.
Para poder indicarle los pasos concretos a seguir, es necesario conocer algunos detalles, por lo que le invitamos a contactarse a nuestro mail (ram.asesorias@gmail.com) y tener preparada su defensa.
Atte.
RAM abogados

De ninguna forma, su empleador si desea ponerle termino unilateral a su contrato de trabajo debe invocar una causal legal del art 159, 160 o 161 del CT. Para mayor detalle favor enviar mail a abogadosconsultoreschile@gmail.com
Saludos Cordiales

RAM abogados
ram.asesorias@gmail.com